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INTERNET - INTERNET ADSL


Fecha de la consulta:20-08-2008

Causa de la consulta: GRAL CANTIDADES COBRADAS EN EXCESO


Resumen de la consulta realizada por la persona consumidora:

Tras efectuar una baja con portabilidad numérica en una compañía de telecomunicaciones con la que el consumidor tenía contratado el servicio de telefonía más el ADSL, y con la comunicación telefónica, dentro de la oferta, de la nueva compañía que se compromete a tramitar la baja en todos los servicios con la compañía que abandona. Finalmente, el servicio se inicia con la compañía nueva pero la anterior continúa emitiendole facturas.

Respuesta emitida por el SMC:

Su problema, que suele ser corriente en portabilidades numéricas, se origina en el momento en que usted confía en su nueva compañía para que tramite la baja en “todos” los servicios que tiene contratados con la compañía que desea abandonar. Puesto que tendrá que tener en cuenta que quién contrató los servicios con la compañía que desea abandonar fue usted, y usted es quien deberá cursar mediante notificación por escrito (carta certificada con acuse de recibo) la baja en dichos servicios. Independientemente de que legalmente y mediante baja con portabilidad numérica la compañía curse indirectamente la baja por usted, la cancelación deberá hacerla personalmente (además de la cursada por su nueva compañía). Otro aspecto a tener en cuenta, es que posiblemente su nueva compañía haya cursado baja mediante portabilidad solo por el servicio telefónico (para conservar su número de teléfono) sin embargo el servicio de internet ADSL puede que no haya tramitado la baja del mismo. Si no tramitó la baja mediante portabilidad numérica por escrito y si mediante conversación telefónica, podrá solicitar (carta certificada con acuse de recibo) o reclamar (mediante hoja de reclamaciones en el establecimiento) que telefónica le remita un documento que justifique la fecha en la que solicitó la baja mediante portabilidad y en qué fecha la otra compañía la hizo efectiva. Tenga en cuanta, que sobre un mismo número de teléfono dos compañías no podrá facturarle a la vez, que los periodos de facturación de la primera factura de su nueva compañía y la que abandonan no podrá solaparse, que existe un periodo ventana en que usted permanece sin línea telefónica y sin internet, y que es donde técnicamente la compañía que abandona libera los bucles. Finalmente, indicarle que si la compañía que abandona continúa facturándole teniendo el servicio ya con su compañía nueva, reclame (por carta certificada con acuse de recibo y a través de hoja de reclamaciones solicita a la OMIC o descargada de nuestra web) a su antiguo operador, indicándole que solicitó portabilidad, la devolución de importe cobrados indebidamente o que cesen de enviarle facturas (según el caso) puesto que solicitó la baja a través de portabilidad, además de reclamar a su nuevo operador que le facilite la documentación necesaria que justifique las fechas de aceptación de la portabilidad numérica de la compañía que abandona. Para la gestión de hoja de reclamaciones consulte el enlace del menú de la derecha de este correo (Cómo reclamar) y si quisiera más información en materia de telecomunicaciones consulte los siguientes enlaces: Secretaría de estado de las Telecomunicaciones Folleto contratar internet


AVISO: Las respuestas emitidas por la OMIC del SMC a las consultas realizadas por las personas consumidoras y usuarias, son indicaciones o sugerencias a seguir, puesto que esta OMIC no dispone de pruebas o documentos ni se ha registrado Hoja de Reclamaciones respecto a las consultas planteadas.

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